La imprescriptibilidad de los delitos sexuales en el nuevo Código Penal
El Ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, ha anunciado una medida significativa que apunta a reformar el Código Penal argentino: la declaración de imprescriptibilidad de los delitos sexuales. En su cuenta de X, el ministro remarcó que "los delitos sexuales no deberían prescribir", una afirmación que surge en un contexto de creciente preocupación por la justicia en casos de abuso. Esta propuesta, que se integrará al proyecto de reforma que enviará al Congreso, busca cerrar el camino a injusticias que permiten que crímenes tan graves queden impunes por el paso del tiempo.
La urgencia de esta medida se ve reflejada en el reciente fallo de la Corte Suprema, que absolvió al exsacerdote Justo José Ilarraz. Este individuo había sido condenado a 25 años de prisión por abusar de seminaristas entre 1985 y 1993, pero la Corte declaró la prescripción de la acción penal debido a que la denuncia se presentó en 2012. A pesar de reconocer la gravedad de los hechos, los jueces consideraron que, según la normativa vigente, el tiempo transcurrido era suficiente para que la acción penal quedara sin efecto. Esta situación ha generado un revuelo en la opinión pública, evidenciando la necesidad de una revisión profunda de las leyes que rigen estos delitos.
Este debate no es nuevo en Argentina ni en el mundo, pero cobra mayor relevancia a la luz de decisiones judiciales que parecen otorgar más peso al tiempo que a la gravedad del acto en sí. La propuesta del ministro Cúneo Libarona trae esperanza a las víctimas de abuso, pues busca asegurar que no habrá lugar para la impunidad por el transcurrir del tiempo. Con la intención de presentar una reforma robusta, el Gobierno se posiciona a favor de un cambio sustancial que podría transformar la manera en que se enfrentan y sancionan estos crímenes, brindando así una herramienta más efectiva y justa para la protección de los derechos de las personas afectadas.